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Barranquilla Capital de Luz, socia de empresa de economía mixta que manejará alumbrado público

Obtuvo mil puntos de Comité evaluador.

Al terminar el proceso de selección de un socio estratégico para constituir con el Distrito de Barranquilla la sociedad de economía mixta  “Alumbrado público de Barranquilla S.A.S” se escogió este jueves a la sociedad futura Barranquilla Capital de Luz S.A.S.

Esta escogencia se hizo “de acuerdo con el informe de evaluación de las propuesta” y “acogiendo recomendaciones del Comité Evaluador”.
La Sociedad futura Barranquilla Capital de Luz S.A.S. está conformada por “Eléctricas de Medellín Ingeniería y servicio S.A.S., Alutrafic Led S.A.S. , Iluminación de Villavicencio S.A.S. y Celsia S.A.S."

Barranquilla Capital de Luz S.A.S. está representada legalmente por Germán Villegas Londoño.

El socio para el alumbrado público de Barranquilla obtuvo mil puntos en la convocatoria para constituir la sociedad.

El socio estratégico deberá  suscribir el contrato de sociedad prometido y concurrir a la forma de los estatutos de la sociedad de economía mixta. 

Es de anotar que a esta convocatoria también fue presentada la propuesta de “Promesa de sociedad futura Iluminamos Barranquilla S.A.S. -ILUBAQ-", conformada por las sociedades
Distribuciones Eléctricas de la Sabana S.A., Ingenieria, Suministros, Montajes y Construcciones S.A., Rattan Holding S.A. y Roy Alpha S.A.

Dentro del término establecido, el comité evaluador solicitó el 28 de noviembre a los dos proponentes que subsanaran condiciones de habilitación.

Así, Barranquilla Capital de Luz S.A.S, Promesa de sociedad futura, presentó documentación que el comité evaluador consideró que sí subsanó en debida forma los requisitos que habían sido solicitados.

En cuanto a Iluminamos Barranquilla S.A.S, Promesa de sociedad futura, el comité evaluador consideró que no subsanó en debida forma la solicitud referente a las cartas de cupos de crédito para los bancos Bancolombia, AV Villas, BBVA, Banco de Bogotá y Corpbanca. Tampoco fueron subsanadas las solicitudes referentes a experiencia en inversión por cuanto las certificaciones no fueron expedidas por entidades acreedoras sino por un administrador fiduciario y finalmente tampoco acreditó la formación de 120 horas en reglamentos retilap para el ingeniero encargado de la firma de los diseños fotométricos, exigido en las condiciones técnicas de las luminarias.

En consecuencia, esta propuesta quedó inhabilitada.

 
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